La Sala Penal del Guayas acogió parcialmente el recurso de apelación a la sentencia por el delito de lavado de activos, solicitado por Fiscalía en contra del exministro José Iván E. M. y dos procesados más: le ratificó la pena condenatoria de diez años de prisión y modificó el grado de responsabilidad penal a su ex colaborador cercano, Walter A. M., de cómplice a coautor, lo que aumentó su pena privativa de libertad de tres años y cuatro meses a diez años.
Fiscalía había solicitado a la Sala Penal que revocara en parte la sentencia condenatoria, modificando el monto del lavado de activos y la participación de cómplices a coautores de los procesados y esposos Walter A. M. y María Johanna V. V.
La fiscal de la Unidad de Antilavado de Activos, Ivonne Proaño Vélez, argumentó el recurso de apelación explicando que el primero coadyuvó de manera dolosa y principal al cometimiento del delito, al ocultar el origen real de los activos ilícitos, y gestionar los depósitos de grandes cantidades de dinero para el pago de una vivienda de propiedad de José Iván E. M.
Fiscalía comprobó que la constructora del inmueble le devolvió a Walter A. M. el dinero de una hipoteca del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), pues dicho bien habría sido cancelado en efectivo, además de utilizar ese dinero en su beneficio para adquirir un vehículo.
Por su parte, María Johanna V. V. fue acusada de impedir que se conozca el verdadero origen de dichos montos, aprovechándose de su alto cargo en una agencia bancaria, en la que figuraba como la suscriptora de las papeletas y licitudes de fondos para realizar dichos depósitos con datos inexistentes. Este pedido no fue acogido por la Sala Penal, que finalmente decidió ratificar su participación como cómplice.
En cuanto al monto del perjuicio al Estado, se solicitó que éste aumentara de 267.562,88 dólares –como estableció la sentencia– a 731.393,37 dólares, tras argumentar que el Tribunal de Garantías Penales de Durán no consideró en ese valor el costo de varios vehículos de alta gama, un inmueble y el paquete accionario en una empresa. Sobre este particular, los magistrados no se pronunciaron en su sentencia oral, por lo que se esperará a la resolución escrita en los próximos días.
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