“Ni la Constitución, ni las leyes obligan (al Ministerio) a la contratación de seguros”, dijo el ministro de Educación, Augusto Espinosa, quien acudió a la Comisión de Fiscalización para presentar, de manera oral y documentada, las pruebas de descargo, dentro de la sustanciación de la solicitud de juicio político en su contra.

Explicó que no violó los artículos de la Constitución con los que lo inculpan y que actuó apegado al Reglamento General para la Administración, Utilización de los Bienes y Existencias del Sector Público.

Así mismo, manifestó que en ninguna parte de la Carta Magna ni de alguna Ley dice que una de las funciones del ministro es contratar pólizas de seguro, por lo que “bastaría con referirnos al artículo 131 de la Constitución para desvirtuar cualquier posibilidad de juicio político basado en las acusaciones de los 37 asambleístas”, dijo.

El artículo en mención establece que a Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político de los ministros a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la Ley.

De igual manera, indicó que no se ha presentado ninguna prueba que demuestre que se violó el artículo 348 de la Constitución, relacionado con la gratuidad de la educación y el financiamiento de la misma. La educación pública es masiva, gratuita y completamente financiada por el Estado, explicó.

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