Por Raúl Chávez
El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, (CPCCS) constituido en el año 2008, entre sus funciones, designan a las autoridades de control y fiscalización, además, tiene la labor de “impulsar el empoderamiento ciudadano, la inclusión y la intervención activa de todos y todas para lograr una verdadera democracia participativa”, el mismo, “garantiza la existencia de una sociedad libre de corrupción”, sin embargo, por mandato constitucional, el CPCCS debía ser conformado por ciudadanos/as que no tengan afinidad con ningún movimiento político, mandato prohibido en la constitución del 2008, pero, les valió poca madre.
El país, ha visto que este “Frankenstein” de CPCCS se ha trasformado en una cueva de políticos trasnochados que quieren deshacer el principio constitucional de la seguridad jurídica – que se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes, artículo 82 de la Constitución-
Los 4 Consejeros de la nueva mayoría “manoseado liga azul”, tomaron la resolución de devolver sus funciones al anterior Super de Bancos González, “son o se hacen”- olvidaron la lista de ex colegas destituidos, el cura Carlos Tuárez, 14 de agosto 2019 por la Asamblea Nacional, por presunta arrogación de funciones, Christian Cruz, fue destituido por la Asamblea Nacional el 13 de octubre de 2020 por presunta falta de probidad y arrogación de funciones. Sofia Almeida fue removida del cargo por el CPCCS el 9 de febrero de 2022. Hernán Ulloa fue destituido del cargo el 23 de enero de 2023 por la Corte Constitucional, el último fue Alembert Vera fue destituido por la Corte Constitucional el 6 de octubre de 2023, abogado de Correa, que al parecer quiso botar al tacho de basura la resolución de la Corte Constitucional.
Ahora bien, ¿por qué serán posiblemente destituidos?, la Corte Constitucional en la sentencia 372.23. EP/24, conoció una acción extraordinaria se protección, en su parte resolutoria cito “ la presente sentencia no tiene potencialidad de afectar ninguna situación jurídica que se haya consolidado sobre los nuevos procesos de selección de la primera autoridad de la Super de Bancos”, es decir, con el nombramiento de Roberto Romero, la presidente encargada de la Asamblea Nacional la señora Esther Cuesta, “es o se hace” no debió enviar la “tarea” a los Consejeros, aduciendo posiblemente “duda” de posesionar al nuevo Super de Bancos Romero.
Los mismos 4 Consejeros de mayoría “desacreditados” se limpiaron con la sentencia de la Corte, originando el seguimiento de la Corte Constitucional de sus actuaciones, configurando el delito de incumplimiento de ordenes de autoridad legítima, ursurpación de funciones, y por supuesto la posible e inmediata destitución y no olvidemos, de la presidente encargada de la Asamblea Nacional.
El país y sus instituciones deben recuperar la credibilidad que los ciudadanos exigimos, no más de medias verdades, la democracia debe ser transparente para convencer…