Por, Cofradía Pedro Moncayo, especial para La Espuela y Expectativa.
Acuerdo municipio y señor Jorge Morejón
La administración del ing. Jorge Martínez Vásquez (período: agosto 2.009 – mayo 2.014) llega a un acuerdo con el señor Jorge Morejón, respecto del monto a pagar según sentencia y dar por terminado el problema del convenio de apertura de vías. Veamos el proceso
. MEMORANDO 272-DPM-AU-2009 FECHA: 29 de septiembre de 2009 DE: JEFE DE ADMINISTRACIÓN URBANA (ARQ. HERNÁN VILLARREAL) PARA: DIRECTOR DE PLANIFICACIÓN ASUNTO: INFORME SOBRE EL ÁREA DE TERRENO DEL SR. JORGE MOREJÓN UBICADO EN EL PULMÓN DE LA CIUDAD. 1.- De conformidad con la escritura otorgada en la Notaría Segunda del Cantón Ibarra, con fecha 12 de enero de 1979, legalmente inscrita el 16 del mismo mes y año; la Curia Diocesana de Ibarra transfiere al comprador Sr. Jorge Honorio Morejón Yépez la superficie aproximada de 22.00 has. (220.000,00 m2.)
2.- De acuerdo al plano topográfico del Parque Recreacional de Ibarra, que reposa en el archivo de esta Dirección, levantado por el topógrafo Sr. Carlos Ávila en el mes de agosto de 1978, siendo alcalde el Dr. Jorge Proaño, Director de Obras Públicas el Ing. Carlos Salazar y Director de Planificación el Arq. Eduardo Acosta; el área calculada que dispone el Sr. Morejón es de 286.938,70 m2. (28,7 has. aproximadamente).
3.- De lo anteriormente expuesto se desprende que existe una diferencia entre el área de la escritura con la que se establece en el plano, es de 66.938,70 m2. (6,7 has. aproximadamente). 4.- En el mencionado plano también se puede verificar que en el lindero occidental existía un camino de ingreso a otras propiedades, varias de ellas con frente a dicho camino y el antiguo cauce del río Ajaví. Esto demuestra claramente que, el camino no pertenecía al predio del Sr. Morejón, pues el predio linda con un camino que constituía ingreso a los predios Pilanquí, Ajaví e ingreso a otras propiedades.
CONCLUSIONES: Los caminos y antiguo cauce del río (hoy relleno) no pertenecieron a la propiedad del Sr. Jorge Morejón, pues éstos de conformidad con el Art. 152 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, constituyen bienes de uso público. Por ello, la municipalidad considerando el desarrollo de la ciudad permitió dar acceso a los lotes de todas las propiedades y adjudicó las franjas de terreno a favor de sus colindantes.
2 El área en exceso (66.938,70 m2.) con relación a la cabida señalada en la escritura del predio del Sr. Morejón constituye una considerable superficie (30,43% del área de escritura) que no debe entenderse como simple error y por tanto su definición corresponderá a las instancias legales. Particular que informamos para los fines consiguientes: Atte. Arq. Hernán Villarreal Sr. Gonzalo Torres Tnlgo. Ernesto Arroyo ARQ. DE ADMIN. URBANA RESP. DE AVALÚOS TOPÓGRAFO INFORME DEL PERITAJE PARA DETERMINAR EL PRECIO DE LOS TERRENOS (información tomada de la Resolución No. 001-SG-2017) El perito Ing. Álex Novillo Avilés designado por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo para determinar el valor del terreno, que es el fundamento del AUTO de pago, en su informe del 6 de marzo de 2012 y aprobado en AUTO del 28 de agosto del 2012; establece las siguientes áreas de terreno para determinar su avalúo: Superficie total del terreno 140.013,87 m2. 40% de la superficie total del terreno (área verde por efectos de la urbanización) 56.005,55 m2. Área utilizada para la apertura de vías 11.598,56 m2. ÁREA TOTAL PARA AVALÚO 67.604,11 m2 286.938,700 220.000,000 EXCEDENTE DE ÁREA 66.938,700 (% EXCEDENTE = 30,43%) CUADRO DE ÁREAS SEGÚN MEMORANDO 272-DPM-AU-2009 (29 septiembre 2009) AREA TOTAL TERRENO (plano Parque Recreacional de Ibarra) (28,7 hectáreas aprox.) ÁREA DE TERRENO SEGÚN ESCRITURAS (22 hectáreas) 3 DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD VALOR UNITARIO (USD) VALOR TOTAL (USD) TERRENO 67.604,11 m2. 150.78 10’193.347,71 AVALÚO TOTAL 10’193.347,71 Valor total del terreno con el cual el Tribunal Contencioso Administrativo No. 1, en fecha 27 de junio de 2016, expide el último AUTO de pago, el mismo que dispone al Municipio de San Miguel de Ibarra que en el plazo de diez días a partir de la ejecutoría del AUTO, pague a los actores de esta causa señores Jorge Honorio Morejón Yépez y Feliza Cifuentes de Morejón la cantidad de USD. 10’193.347,31, o dimita bienes equivalentes a dicha cantidad, resultado de la liquidación realizada por el perito designado en la presente causa; y cuyo informe fue aprobado en AUTO de 28 de agosto del 2012 por los jueces que conocieron a esa fecha el presente proceso, esto bajo prevenciones de ley…
” OBSERVACIONES: • El área de 56.005,55 m2. (área verde), considerada por el Perito para establecer el avalúo, no corresponde a la realidad, ya que es el resultado de sacar el 40% de la superficie total de terreno (140.013,87 m2.) considerada por el perito para el informe pericial. TREMENDO ERROR DEL PERITO, ya que, la única y real área verde es la correspondiente al parque Pilanquí, misma que tiene una superficie de 31.237,11 m2. • El perito, para determinar el valor de terreno, debió haber realizado un levantamiento planimétrico real del terreno motivo de pago, es decir, de la avenida Teodoro Gómez entre Av. Eugenio Espejo y Av. Heleodoro Ayala, de la avenida Heleodoro Ayala entre Av. José Tobar y calle Carlos Emilio Grijalva y del parque Pilanquí, y NO de la forma como lo hizo, considerando una superficie total de terreno irreal.
• El valor de terreno según el Plano de Valor del Suelo aprobado por el I. Concejo Municipal vigente para el Bienio 2012-2013, estaba en: USD 100,00 (Terminal Terrestre), USD 44.88 (Avs. Heleodoro Ayala y Teodoro Gómez de la Torre) y USD 50,00 (parque Pilanquí); por lo que el valor/m2. de terreno considerado por el perito, no está acorde a la realidad del año en que se realizó el peritaje (2012): considera USD 150.78 x m2. 4 • Plano, según ordenanza Municipal, que consta los valores/ metro 2.
CONCLUSION: Por lo expuesto se puede concluir que por parte de la Municipalidad NO hubo objeción alguna al informe pericial del Ing. Alex Novillo Avilés. Informe pericial totalmente alejado de la realidad, ya que determinó un avalúo en base a una superficie y valor/m2. de terreno irreal, favoreciendo al Sr. Jorge Morejón y perjudicando enormemente a la Ciudad. ACUERDO DE PAGO: Ibarra, 24 de diciembre 2022 Especial para la espuela Ibarra, 30 diciembre 2022 El Ing. Jorge Martínez Vásquez, con la finalidad de dar por concluido este problema, llega a un acuerdo económico con el señor Jorge Morejón en el orden de aproximadamente 5’600.000,00 USD, pero el mismo no llegó a concretarse porque fue al finalizar su administración, y el alcalde entrante Ing. Álvaro Castillo, no le interesó efectivizar este acuerdo a pesar de que el dinero para su pago se encontraba en las arcas municipales, desviando ese dinero a otros fines ajenos a la solución del problema. CONTINUARÁ…….