La Espuela hace un amplio estudio sobre el caso Morejón (parte I)

Por, Cofradía Pedro Moncayo (La Espuela)
Al despacho de la redacción “La Espuela” llega un amplio estudio, técnico y jurídico, sobre el caso Morejón. La investigación titula igual al encabezonamiento del tema que hoy se divulga, con autorización del autor.
Muchos dirán que es un hecho ya consumado, no hay remedio; otros, se preguntan qué pasó, cuáles son los responsables de la pérdida del patrimonio de Ibarra. El problema no es la familia Morejón. Ellos defienden su patrimonio jurídicamente.
Lo que sí llama la atención es la defensa parcializada de ciertas administraciones municipales (alcaldes, síndicos y ciertos directores) , aún de jueces, que se irán divulgando paulatinamente.
ANTECEDENTES: El documento, tiene como objetivo principal dar a conocer la realidad de los hechos que se han dado en relación al Juicio Contencioso Administrativo seguido por el Sr. Jorge Honorio Morejón Yépez y Sra. María Feliza Cifuentes Acosta en contra del I. Municipio de Ibarra, por Incumplimiento del “Contrato de Ocupación de Áreas”; juicio totalmente parcializado y direccionado a beneficiar al Sr. Jorge Morejón, ante el ineficiente y hasta dudoso accionar de algunas personas que se involucraron a lo largo de todo este proceso.
INFORMACIÓN GENERAL

La Diócesis de Ibarra fue propietaria del fundo denominado “Yuyucocha”, en el sector conocido como Yacucalle, junto al río Ajaví, Parroquia San Francisco, adquirido por Testamento del Capitán Manuel de la Chica Narváez, quién dispuso de sus bienes a favor del Convento de Madres de la Concepción, y en el año de 1864, pasó a la administración de la Diócesis recientemente creada conforme a las Normas del Derecho Canónico y del Concordato celebrado por el Ecuador en septiembre de 1862.

DATOS DE LA ESCRITURA DE COMPRAVENTA
FECHA DE CELEBRACIÓN: 12 de enero de 1979 NOTARÍA: segunda del cantón Ibarra notario: Dr. Enrique Proaño b. otorgado por: Curia diocesana de Ibarra (Mons. Silvio Luis Haro Alvear, obispo de Ibarra) a favor de: Jorge Honorio Morejón 2 cuantía: s/.11’000.000,00 sucres (s/.50,00 sucres el m2. según avalúo municipal del 29 de noviembre de 1978) fecha de inscripción: 16 de enero de 1979, bajo la partida nro. 75 del libro registro de propiedad del cantón. área de terreno escriturada = 22,00 has. (220.000,00 m2.) aproximadamente.

LINDEROS DEL PREDIO (FUNDO YUYUCOCHA)

• NORTE: En parte potrero de la Hda. Pilanquí de propiedad de la Flia. Jijón; en otra parte el terreno llamado La Ollería de la Sociedad Salesiana, y en otra parte el estadio de propiedad de la Empresa de Ferrocarriles del Estado. • SUR: Otra propiedad de la Diócesis de Ibarra. • ESTE: Calle Pública por la que va la línea férrea y que conduce al Balneario Yuyucocha. • OESTE: Callejón de entrada al fundo El Chical de la Hda. Pilanquí en parte y en otra parte Varios Propietarios Pequeños. PROPIEDAD DEL SR. JORGE MOREJÓN (fotografía aérea de 1.984-IGM) 2.

CRONOLOGÍA DE LAS ACCIONES REALIZADAS EN LAS DIFERENTES ADMINISTRACIONES MUNICIPALES
ADMINISTRACIÓN DEL ARQ. MARCO ALMEIDA VINUEZA (PERÍODO: abril de 1.984 – abril de 1.988)
CONVENIO DE OCUPACIÓN DE ÁREAS (19 de agosto de 1.987) (Punto inicial de la demanda) 3 SUSCRITO POR: Arq. Marco Almeida (Alcalde); Dr. Ramiro Aguilar Pozo (Procurador Síndico) y Sr. Jorge Morejón (Propietario) COMPROMISOS: El señor Jorge Morejón, acepta y autoriza a la I. Municipalidad de Ibarra, para que ocupe de manera definitiva e irrevocable las áreas de terreno de su propiedad que sean necesarias para la apertura y prolongación de las avenidas Heleodoro Ayala y Teodoro Gómez, de conformidad con las especificaciones técnicas, directrices y planos otorgados por la Dirección de Planificación Municipal.

La Municipalidad de Ibarra por su parte se compromete a habilitar estas vías, construyendo todas las obras de infraestructura que se requieran, las que estarán sujetas a las disposiciones expresas constituidas en la Ley de Régimen Municipal, a los planos y más disposiciones y especificaciones técnicas requeridas para el efecto.

NOTA: Anterior a la suscripción del Convenio de Ocupación de Áreas, el Sr. Jorge Morejón, solicita a la Municipalidad las directrices viales de parte de su propiedad comprendida entre la Av. José Tobar y calle Dr. Alfonso Almeida; directrices proporcionadas por el Departamento de Planificación, según plano Nro. 276, serie URB. de fecha diciembre de 1.984, en el mismo que constan calles y avenidas con sus anchos de vía, que atraviesan por el terreno. OBSERVACIONES:
4 • El Departamento de Planificación comete el gran error de emitir las directrices viales solo de una parte de la propiedad del Sr. Jorge Morejón (área de 54.800,00 m2.), cuando debió haber emitido de la totalidad del terreno, a fin de determinar el área de vías, el área útil, el área verde o comunal y principalmente la superficie total real del terreno, misma que hubiera permitido determinar si existe excedente o diferencia de áreas en relación a la superficie de terreno adquirida por el Sr. Jorge Morejón mediante escritura pública.
• Con estas directrices viales emitidas por el Departamento de Planificación, el Arq. Patricio Almeida Vinueza (hermano del Alcalde), en fecha julio de 1.985 elaboró el Proyecto de Lotización del Sr. Jorge Morejón Yépez, mismo que fue aprobado por la Dirección de Planificación el 13 de mayo de 1.986.
• Se firma un convenio de ocupación de áreas, cuando tenía que aplicarse la LEY DE RÉGIMEN MUNICIPAL DE ESOS AÑOS Y DECLARAR ÁREA DE INTERÉS SOCIAL CON FINES DE EXPROPIACIÓN. Convenios de ocupación se firma cuando se trata de dos entidades públicas, donde no existe la figura de expropiación.

ADMINISTRACIÓN DEL DR. ALFONSO PASQUEL BELTRÁN (PERÍODO: Mayo de 1.988 – Agosto de 1.992)

Al no hacerse efectivo el Convenio de Ocupación de Áreas suscrito en la Administración del Arq. Marco Almeida y ante la necesidad de descongestionar el tráfico con la apertura de estas avenidas, el Concejo Municipal previo conocimiento de informes técnicos y acogiendo la recomendación de la Comisión Municipal de Obras Públicas con fundamento en lo dispuesto en la Ordenanza Reformatoria del Plan de Desarrollo Urbano del cantón Ibarra, publicada en el Registro Oficial Nro. 196 del 23 de mayo de 1.989.
En sesiones de los días: martes 19 de febrero de 1.991, martes 5 de marzo de 1.991 y 3 de diciembre de 1.991; resuelve autorizar el fraccionamiento de los terrenos de propiedad del Sr. Jorge Morejón, debiendo previamente procederse a la legalización de entrega en favor del Municipio del 40% del área total del predio por concepto de áreas comunales, y la celebración de la escritura de “Contrato por Ocupación de Áreas” con el señor Jorge Honorio Morejón Yépez y Señora.

OBSERVACIONES: • Las manzanas 1 y 2 (19 lotes) adquirió la Cía. Empresa Terminal Terrestre Ibarra en fecha 31 de mayo del 2.000, para construir el Terminal Terrestre. • Las manzanas 3, 4 y 5 (58 lotes) expropió el Municipio, para la construcción del Nuevo Mercado Amazonas. • En este plano de Lotización, la Dirección de Planificación permite NUEVAMENTE que NO SE RESPETE el ancho de vía de 24.00 mts. de la Av. José Tobar en el tramo comprendido entre la Av. Heleodoro Ayala y calle Dr. Cristóbal Gomezjurado, y comete el grave error ÚTIL (lotes) CALLES Y ACERAS PULMÓN TOTAL Manzanas 1 – 6 6 83 40.957,306 24.698,810 65.656,116 Manzanas A – I 9 219 68.883,370 13.364,200 50.452,920 132.700,490 TOTAL 15 302 109.840,68 38.063,010 50.452,920 198.356,606 CUADRO RESUMEN DE ÁREAS DE LA LOTIZACIÓN DE PROPIEDAD DEL SR. JORGE MOREJÓN (predio comprendido entre la Av. José Tobar y calle Carlos E. Grijalva) NRO. MANZANAS DESCRIPCIÓN NRO. LOTES ÁREA TERRENO (m2.) 5 de que el Concejo Municipal apruebe esta lotización con el ancho de vía de 16.00 mts., beneficiando al Sr. Jorge Morejón en un área aproximada de 2.430,00 m2. que corresponde al carril Sur de la Av. José Tobar
. ESCRITURA DE “CONTRATO DE OCUPACIÓN DE ÁREAS”
• FECHA DE CELEBRACIÓN: 24 de febrero de 1992 • NOTARÍA: SEGUNDA DEL CANTÓN IBARRA • NOTARIO: Dr. Enrique Proaño B. • OTORGADO POR: I. Municipio de Ibarra (Dr. Alfonso Pasquel, Alcalde y Dr. Ramiro Aguilar, Procurador Síndico) y Jorge Honorio Morejón Yépez y Sra. (Propietarios). • A FAVOR DE: ELLOS MISMOS • CUANTÍA: S/.11’598.560,00 sucres
• FECHA DE INSCRIPCIÓN: 29 de julio de 1992, bajo la partida Nro. 1.777 del libro Registro de Propiedad del cantón. ENTREGA Y AUTORIZACIÓN.- Los cónyuges Jorge Morejón y Feliza Cifuentes, en cumplimiento con las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal vigente y de las disposiciones de la Ordenanza que regula el Pulmón de la Ciudad; ENTREGA a la Municipalidad de Ibarra una superficie de terreno equivalente al 40% del área de terreno que estuvo incluida en el Pulmón de la Ciudad, de conformidad con los planos de lotización aprobados por el I. Concejo Municipal de Ibarra en sesión del 03 de diciembre de 1991, entrega que representa la totalidad de aporte que son por concepto de áreas comunales y espacios verdes…..y, AUTORIZAN que la Municipalidad de Ibarra proceda a la apertura inmediata de la prolongación de la Av. Teodoro Gómez de la Torre hasta interceptar con la Av. Heleodoro Ayala y de ésta hasta interceptar con la Av. Mariano Acosta.
ÁREA DE TERRENO DE APERTURA-PROLONGACIÓN = 11.598,56 m2. LINDEROS: • NORTE: En 380,00 m. con propiedad de Jorge Morejón. • SUR: En 380,00 m. con propiedad de Jorge Morejón. • ESTE: En 24,00 m. con Av. Eugenio Espejo. • OESTE: En 24,00 m. con el pulmón de la ciudad. Y en otra parte, los siguientes linderos: • NORTE: En 44,26 m. con propiedad particular. • SUR: En 44,26 m. con el pulmón de la ciudad. • ESTE: En 56,00 m. con propiedad de Jorge Morejón. • OESTE: En 56,00 m. con propiedad de Jorge Morejón.

EJECUCIÓN DE OBRAS Una vez abierta la mencionada vía, la Municipalidad de Ibarra, ejecutará las obras de infraestructura necesarias para su urbanización. El costo de dichas obras se recuperará mediante la Contribución Especial de Mejoras que serán canceladas por los adquirentes de los lotes de terreno que resulten beneficiados.
DOCUMENTOS HABILITANTES Se incluye como documento habilitante que forma parte de este convenio el plano de lotización del predio de propiedad del señor Jorge Honorio Morejón y que fue aprobado por la H. Cámara Edilicia del cantón Ibarra en sesión ordinaria del día martes 3 de diciembre de 1.991. OBSERVACIONES: 6 • De parte de Procuraduría Síndica, NO realizaron la escritura de Cesión de Áreas a favor del Municipio del 40% del área total de terreno por concepto de áreas comunales y espacios verdes, Ni tampoco se exigió la Ordenanza de Urbanización. • En la parte de Ejecución de Obras del Contrato de Ocupación de Áreas, NO se especifica claramente cuales calles, qué tipo de obras se construirán y el plazo para la ejecución de las obras, dejando el texto en el contrato a libre interpretación de las personas. CONCLUSIÓN: Este grave error de Procuraduría Síndica y en parte de Planificación, generó que posteriormente el Sr. Jorge Morejón le tomara a su favor y siguiera acciones legales (juicios) en contra de la Municipalidad por incumplimiento del contrato, consiguiendo posteriormente una injusta sentencia favorable por parte del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Distrito de Quito, Primera Sala.

Dirección: Ibarra - Ecuador
Teléfono: 099 718 4835
Email: gerencia@expectativa.ec

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