La posibilidad de incluir en la modalidad comercial el tránsito mixto-urbano-rural fue ampliamente debatida por la Comisión Ocasional de Transito, de la Asamblea Nacional que analiza varias propuestas orientadas a regularizar el transporte comunitario.
Los parlamentarios señalaron que el transporte mixto-urbano-rural tiene sus propias características, por tanto, este servicio se realizará para el traslado de personas y/o carga, hacia y desde las parroquias rurales, comunidades, comunas, recintos, entre otros.
Este servicio, a criterio de los legisladores, deben brindarlo las operadoras de carga mixta-urbana-rural, por una contraprestación económica, sujeto a las regulaciones que para el efecto establezca el Directorio de la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Advirtieron que para ello es necesario atender indicadores de seguridad y eficiencia, previamente definidos y controlados por el organismo competente, que por su naturaleza especial, su reglamentación deberá observar criterios de simplificación, inclusión, accesibilidad, seguridad, integración, coordinación; y, promover la autosustentabilidad y sostenibilidad del servicio en procura del desarrollo rural.

Categorías: Sin categoría