Con base en un informe de control de publicidad a productos del
tabaco emitido por técnicos de Arcsa, se determinó que en un establecimiento en la
ciudad de Ibarra se comercializaban vaporizadores electrónicos o “vapes”, los cuales,
según la Ley Orgánica para la Regulación y Control del Tabaco (LORCT), no pueden ser
promocionados o publicitados por ningún medio. El propietario del establecimiento
entregó voluntariamente los artículos para su destrucción.
El artículo 1 del Reglamento a la Ley Orgánica para Regulación y Control del Tabaco
menciona: “Para efectos del presente reglamento se incluye también a los sistemas
electrónicos de administración de nicotina”; además, el artículo 19 de la Ley menciona:
“Se prohíbe todo tipo de publicidad, promoción y/o patrocinio de productos de tabaco en
todos los medios de comunicación masiva, así como en otros de contacto interpersonal
que puedan ser identificados”, por lo que estos productos no pueden ser promocionados
o publicitados, inclusive por redes sociales.
Un total de 317 unidades de “vapes” fueron destruidos en presencia de la Comisaría
Municipal de Ibarra, personal de la Unidad Nacional de Delitos Aduaneros y Régimen de
Desarrollo (UDAR) de la Policía Nacional, técnicos de Arcsa y el propietario del
establecimiento, evitando así la aplicación de la sanción con multa de cien (100) a
doscientas (200) remuneraciones unificadas básicas del trabajador privado en general,
según el artículo 35 de la misma Ley.
Les recordamos a los ciudadanos que pueden ser parte del control sanitario a través de
la aplicación Arcsa Móvil, en donde pueden reportar la comercialización de este tipo de
productos irregulares en el país. ¡Descárgala ahora desde Play Store o Apple Store!