El Tribunal Contencioso Electoral, dentro de la causa signada con el No. 130-2019-TCE, este 29 de abril notifica a las partes que respecto al escrito presentado por el Procurador Común de la Alianza Todos por Ibarra, listas 8-12-20-1-6-33 Antonio Posso y el candidato a la Alcaldía del cantón Ibarra, auspiciado por la referida Alianza, Álvaro Castillo, se considera: los siguientes aspectos:

1.1. En relación a su pedido de despacho de prueba se le hace saber que esta judicatura, en virtud de lo que establece el artículo 260 del Código de la Democracia, oportunamente solicitó a la Junta Provincial Electoral de Imbabura, la documentación que se describe en los acápites segundo y tercero del auto dictado el 19 de abril de 2019, a las 12h34; documentación que se agregó a la información que consta en el expediente original del recurso ordinario de apelación remitido mediante oficio N° CNE-SG-2019-005 19-Of de 15 de abril de 2019.
1.2. En cuanto a su solicitud de copias de la documentación entregada por la Junta Provincial Electoral de Imbabura, se dispone que por Secretaría General de este Tribunal, a costa de los peticionarios se confiera las copias simples de la documentación solicitada. Para constancia de la entrega de la información, se elaborará la correspondiente acta, misma que será incorporada al expediente.

El ARTÍCULO 260
El artículo 260 a la que se menciona en esta providencia, señala: Previo a la sentencia, de considerarlo necesario, el Tribunal Contencioso Electoral o la jueza o juez competente podrá requerir actuaciones, documentos o cualquier otro tipo de información que contribuya al esclarecimiento de los hechos que están a su conocimiento.

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