El ex concejal de Ibarra, Laureano Alencastro al referirse a la forma cómo actuó la actual administración en cuanto al talento humano y la contratación de personal, recordó que en el año 2018 en la anterior administración, se emitió la resolución 027 en la que se establece la base de técnica de remuneraciones y escalafón del Gad de Ibarra, luego se emite la resolución 253 con el cual se promulga el manual de clasificación de puestos, pero en el año 2019, mediante una resolución administrativa la número 796, se señala que el manual reformado no cumple con la normativa y se hacen algunos cambios
Por ejemplo, dijo, determina que para la contratación de Coordinadores se baja a 3 años el tiempo de experiencia, cuando la norma legal habla de 4 años, esto se logra cuando contrata con un perfil emitido con 3 años de experiencia, pero en el manual reformado, no se cambia, es decir sigue en vigencia el manual del año 2018, se los cambia de denominación, pasan de Coordinadores a 36 Responsables.
CONTRALORIA
La Contraloría hizo un examen a la municipalidad desde el 2015 hasta el año 2018, una vez que se realizaron los informes, esta entidad vuelve a la municipalidad a verificar el cumplimento de las recomendaciones emitidas en sus respectivos informes, uno de ellos tiene relación con Talento Humano.
A raíz de esta nueva presencia de la Contraloría, la Directora de Talento Humano, solicita a su equipo de trabajo que se pueda establecer un informe para ver si se han cumplido las recomendaciones de la Contraloría.
En el presente año, la Municipalidad de Ibarra procede a la creación de la Unidad técnica de Planificación Urbanística, significó la inclusión de un responsable y 4 analistas y la Unidad de Parques y Jardines con 4 analistas.
Como era una planificación no programada, se tiene que proceder a levantar perfiles que tienen que ser insertados en la nueva planta de talento humano.
Otra de las observaciones de la Contraloría es que el artículo 81 de la Losep, establece la prohibición de que los puestos de libre nombramiento y remoción sean clasificados de forma descendente a un puesto protegido de la carrera de servicio público, esto significa que antes los coordinadores una vez que este puesto se elimina, si se van a convertir en Responsables tienen que cambiar sus actividades, conocimientos, competencias, pero resulta que en esta administración se mantienen exactamente los mismos parámetros con otra denominación.
Alencastro, explicó que el Responsable de la administración de mercados, del CECAMI, Presupuesto Participativo, Analista de Vinculación Social y de Formación Ciudadana, funcionarios que eran de libre remoción, se sometieron a un concurso de merecimientos y oposición, y ahora son servidores de carrera
Agregó que los asesores están en el nivel jarárquico superior, pero en la actual administración no existe la descripción del perfil y tampoco la obligación de tener un título de tercer nivel, “prueba de ello es que los asesores del municipio de Ibarra en el año 2019, y 2020 eran bachilleres, solo eso puede justificar el desastre en lo que está sumida la administración pública”.
Los concejales deben tener acceso a esta documentación, esto merece un proceso de fiscalización, porque significa que si no se cumplió la norma, los recursos pagados a estos funcionarios están en la ilegalidad y la Contraloría puede hacer devolver esos dineros cobrados en forma ilegal, sostuvo.
DISPOSICONES LEGALES
El año 2018 en la anterior administración, se emitió la resolución 027 en la que se establece la base de técnica de remuneraciones y escalafóndel Gad de Ibarra , el mismo se emite el 253 ,a la resolución administrativa con el cual se promulga el manual de classificaicón de puestosalsi
En el 2018, el Concejo aprueba la ordenanza de escala de remuneraciones y en ese mismo año, se producen reformas a estos cuerpos legales.
En el año 2019, hay una nueva resolución administrativa en donde se reforma este manual y por lo tanto estarían en la norma para nombrar sus directores, coordinadores y responsables, para eso se debe tomar en cuenta el informe 190 del 2021 que implica la planificación del talento humano para el año 2022.
En el mes de diciembre antes de aprobar el presupuesto de la municipalidad tiene que haber un informe técnico, en esa planificación de talento humano.
El acuerdo ministerial 060, establece que el Ministerio de Trabajo es el órgano rector para todo el sector público sean o no Gads,
También hay una resolución del año 2005, la 045 de la SENRES en la base a la cual se establecen todos los requisitos que deben observar los Talentos Humanos para ocupar determinadas funciones.