A partir del 5 de mayo de 2025, y por un período de 60 días, las instituciones educativas de las provincias de Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Guayas deberán cumplir con el uso de mascarillas dentro de sus instalaciones, especialmente en casos de presentar síntomas respiratorios.

El Ministerio de Educación, en articulación con el Ministerio de Salud Pública, estableció la obligatoriedad de aplicación de medidas de prevención destinadas a garantizar un entorno escolar seguro frente a la alerta epidemiológica vigente por fiebre amarilla y tosferina, en las provincias priorizadas.

Estas acciones buscan proteger a nuestros niños, niñas, adolescentes, docentes, personal educativo, personas con discapacidad y personas en escolaridad inconclusa.

Esta medida preventiva tiene como objetivo reducir el riesgo de contagios y se implementa en el marco de la campaña de vacunación.

El uso de mascarilla es una medida preventiva, que se irá flexibilizando según avance la inmunización, reflejando nuestro compromiso con la salud de toda la comunidad educativa.

Asimismo, se autoriza el ingreso de brigadas médicas a las escuelas y colegios para llevar a cabo procesos de vacunación y atención preventiva. Para ello, es necesario que cada estudiante cuente con una autorización firmada por su madre, padre o representante legal. En caso de no autorizar la vacunación, se debe entregar una carta de negativa con una explicación clara y justificada. Esto garantiza que cada familia tenga la oportunidad de tomar una decisión informada.

En las provincias amazónicas y zonas fronterizas, las instituciones deberán habilitar espacios adecuados para que las brigadas de salud puedan realizar las jornadas de vacunación, en el marco de la estrategia nacional de inmunización MINEDUC MSP. También aquí será indispensable contar con la autorización o negativa escrita por parte de los representantes.

Si se detecta un caso sospechoso o confirmado de enfermedad en un estudiante, docente o miembro del personal, deberá ser reportado de inmediato a la Sala Nacional de Monitoreo del Ministerio de Educación. La persona afectada deberá permanecer en cuarentena, siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Salud.

Además, se solicita el apoyo de todas las instituciones educativas a la campaña nacional de vacunación contra enfermedades como el tétano y la difteria (en todo el país), la fiebre amarilla (en zonas amazónicas y fronterizas) y la tosferina (en provincias priorizadas).

También será responsabilidad de cada institución coordinar con las autoridades locales las fumigaciones necesarias para mantener espacios libres de vectores y enfermedades.

Finalmente, todas las escuelas y colegios deben reportar periódicamente a la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos sobre el avance de estas acciones y cualquier dificultad que encuentren. Esta Dirección dará seguimiento, apoyo técnico y coordinará directamente con el Ministerio de Salud para asegurar que estas medidas se cumplan de forma efectiva.

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