Susana Rosero responsable de Servicios Tributarios del Municipio de Ibarra, manifestó que desde el 2 de enero del 2020 se realiza la recaudación del valor de la contribución especial de mejoras de las vías conectoras de acuerdo al Art. 572 del COOTAD, que establece que la construcción de vías conectoras y avenidas principales generarán contribución por mejoras para el conjunto de la zona o la ciudad.
Las vías conectoras son las brindan un beneficio directo para el acceso a la ciudad, como es el Periférico Sur, Av. 17 de Julio, Av. Eugenio Espejo, Galo Plaza, Av. Camilo Ponce, Av. Carchi, Av. Jesús Yerovi, grandes avenidas que por su monto de construcción tiene un valor alto de obra pública.
La Ley establece que se puede aplicar este cobro a toda la ciudadanía, en este caso el Concejo Municipal, de aquel entonces estableció que estos cobros se cumplan en 5 años para toda la ciudad, quienes tengan un predio urbano dentro de la ciudad, mientras que los frentistas tienen un cobro de 10 años, por cuanto los cobros son superiores, la ciudadanía pagará cuotas anuales por cinco años, la primera cuota esta emitida y ésta tienen un vencimiento hasta mayo del 2020.
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