La Comisión de Desarrollo Económico aprobó con ocho votos el informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del Covid-19, enviado por el Ejecutivo como urgente en materia económica. Los legisladores modificaron en un 70 % el informe.
Contribuciones
Las personas naturales con relación de dependencia, tanto del sector público como privado, deberán pagar una contribución humanitaria sobre su ingreso neto mensual. De igual manera, las personas naturales que realicen actividades económicas y que durante el ejercicio fiscal 2019 hayan percibido ingresos netos de cualquier fuente, deberán pagar una contribución sobre el promedio mensual de tales ingresos. En los dos casos el aporte será por nueve meses y la tabla partirá de los 720 dólares y no de los 500 dólares como lo planteó el Ejecutivo.
Sobre el aporte del 5 % de empresas con utilidades superiores al millón de dólares, los parlamentarios coincidieron que sea con base en el ejercicio fiscal 2019 y no del 2018 como originalmente planteaba la norma.
En el informe se detalla, también, que el valor declarado y pagado de las contribuciones establecidas en la normativa podrá ser utilizado como crédito tributario para el pago de Impuesto a la Renta, a partir del ejercicio fiscal 2022.
Durante la discusión del informe se planteó, además, que de la contribución humanitaria solo quede exonerado el sector de salud.
Medidas sociales
En este capítulo se establece la reducción de pensiones educativas, en al menos un 20 % y el compromiso para que el Gobierno entregue ayudas, mediante compensaciones monetarias o no monetarias, para cubrir parte de la pensión del presente año lectivo a las diferentes niveles del sistema educativo.
En lo referente a la suspensión temporal de desahucio en materia de inquilinato también se extendió el beneficio para el sector comercial, siempre que demuestre que sus ingresos han sido afectados, desde febrero, en al menos un 30 %.
En las facilidades de pago a la Seguridad Social también están incluidas las personas naturales. La extensión de cobertura del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social quedó tal cual envió el Ejecutivo.
El articulado también recoge el no incremento de servicios básicos, la reducción de un 10 % de la tarifa de energía eléctrica, créditos productivos para la reactivación económica y protección del empleo en el sector privado, tasas de interés para la reactivación, reprogramación de pago de cuotas por obligaciones con entidades del sistema financiero nacional y no financiero, reprogramación de pagos de cuotas de seguros, entre otros aspectos.
Sostenibilidad del empleo
El articulado contempla que la reducción de la jornada laboral puede ser de hasta un 50 % y que los acuerdos entre trabajadores y empleados sean colectivos. Los comisionados decidieron suprimir la propuesta de reducir en un 10 % los sueldos de todos los servidores públicos, de manera permanente.
En cuanto al goce de las vacaciones se excluyó del informe el adelanto de vacaciones, conforme lo planteó el Ejecutivo.
En el capítulo 4 de la norma se incluyeron otros artículos relacionados con la priorización de contratación a trabajadores, profesionales, bienes y servicios de origen local y estabilidad de trabajadores de la salud.
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