Mediante decreto número 148, el presidente de la República, Daniel Noboa en su artículo 1): convoca a Consulta Popular para que el electorado se pronuncie afirmativa o negativamente sobre la siguiente pregunta: ¿Está usted de acuerdo a que se convoque e instale una Asamblea Nacional Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo a las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia si es aprobada posteriormente por los ecuatorianos en referéndum.
Artículo 2: Notificar y disponer al Consejo Nacional Electoral para que continúe con el proceso previsto en la Constitución y en la Ley Orgánica Electoral y de organizaciones políticas, Código de la Democracia.
Artículo 3) Solicitar al Consejo Nacional Electoral que la forma de elección de representantes y las reglas del proceso electoral (Estatuto de la Asamblea Constituyente) que se adjunta en el presente decreto ejecutivo, consten en la papeleta electoral.
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