En la Corte Provincial de Justicia de Imbabura, se desarrolló la audiencia de apelación a la sentencia en contra de David V., declarado culpable como autor del delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio, tras los hechos ocurridos en Mascarilla, donde falleció Andrés Padilla por un impacto de bala, el 23 de agosto de 2018.
La Fiscalía, los familiares de la víctima y la defensa de David V. (sentenciado a tres años y cuatro meses de pena privativa de libertad), interpusieron los recursos de apelación.
En su intervención, el fiscal del caso, Edwin Anrrango, manifestó no estar de acuerdo con el fallo impuesto por el Tribunal de primera instancia, ya que aplicó la figura de atenuante trascendental y por ello dictó una pena mínima.
Según indicó el Fiscal, lo que se debía tomar en cuenta eran las circunstancias atenuantes 5 y 6 del artículo 45, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), puesto que el sentenciado se presentó voluntariamente ante las autoridades y colaboró en algunas diligencias.
El juez ponente, Javier de la Cadena, suspendió la audiencia para que el Tribunal delibere e indicó que notificará a las partes procesales para la reinstalación de la diligencia, en la que informará su resolución.
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