Las acciones del legislador Dominique Elián Serrano Molina durante la sesión de la Comisión de Transparencia y Participación Ciudadana, cuando se le grabó un video mientras hacía dibujos, serán analizadas conforme a lo establecido en el artículo 169, numeral 1, de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), que se refiere a las faltas administrativas leves, específicamente cuando se inobservan las disposiciones institucionales de respeto a los símbolos y normas de comportamiento que lesionen la imagen institucional.
Según la LOFL, el comportamiento de las y los asambleístas debe enmarcarse en los principios de respeto, responsabilidad, ética pública y observancia de las normas parlamentarias. En el presente caso, el accionar del asambleísta Dominique Elián Serrano Molina podría transgredir estos principios y vulnerar normas expresas de dicha ley.
En virtud de lo expuesto, la legisladora Valentina Centeno Arteaga presentó, con base en el artículo 173 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL), una solicitud para que el Consejo de Administración Legislativa (CAL) disponga el inicio del procedimiento correspondiente para la determinación de responsabilidades por presunta infracción. En caso de establecerse la existencia de faltas administrativas, se apliquen las sanciones disciplinarias que correspondan.