Gobernadores dependerán del ministerio de Gobierno y coordinarán con el de Interior

De acuerdo al Decreto 381se separa del ministerio de Gobierno, el Viceministerio del Interior y se crea el Ministerio del Interior.
Se sustituye el artículo 24 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la función ejecutiva por el siguiente:
Artículo 24: De los gobernadores.. En cada provincia habrá un gobernador el mismo que será nombrado por el presidente de la República, dependerá en el ejercicio de sus funciones del Ministerio de Gobierno y coordinará sus acciones con el ministerio del Interior.
El ministerio de Gobierno mantendrá todas las competencias en materia de gobernabilidad; coordinará y supervisará la gestión de las gobernaciones provinciales, jefaturas y tenencias políticas.
El Ministerio del Interior tendrá las competencias de garantizar la seguridad ciudadana, la democracia y la participación ciudadana con una visión integral.

Dirección: Ibarra - Ecuador
Teléfono: 099 718 4835
Email: gerencia@expectativa.ec

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