El Ex Gerente de Emapa, en la presente administración municipal, Gustavo Andrade en rueda de prensa dio a conocer los resultados finales de la auditoría que realizó la Contraloría sobre el proyecto “Agua para Ibarra” contrato suscrito en el año 2018 en la gerencia de Mauricio Larrea Andrade.
Se trata del contrato 076-DJ 2018 de construcción de obras de agua potable y alcantarillado para distintos sectores del cantón que otorga Emapa, a través del Consorcio Agua para Ibarra, el mismo que fuera terminado en forma unilateral en la gerencia de Gustavo Andrade en diciembre del 2019.
Este informe de la Contraloría, señala que el Gerente de Emapa autoriza el inicio del proceso de régimen especial con un presupuesto referencial elaborado por el Director de Proyectos y el Director técnico, que consideraron rubros con costos mayores a los precios del Gad de Ibarra en proyectos similares, lo que ocasionó que el presupuesto referencial del proceso de régimen especial, presente una sobrevaloración en 160 rubros distribuidos en los 5 frentes del proyecto y que suman 123.053,02 dólares.
Andrade sostiene que se pagó el anticipo de 300.000 dólares al Consorcio Agua para Ibarra sin garantías para su cumplimiento, porque presentaron como garantía na copia de un certificado de depósito emitido por una Cooperativa de Ahorro y Crédito que no tenía autorización para realizar este tipo de operaciones.
El informe señala que en las planillas 1 y 2, el Consorcio Agua para Ibarra, incluyó 5 rubros de equipos de bombeo y plantas compactas de agua potable y de tratamiento de aguas residuales que ascendieron a 1’304.008,7USD, los cuales no fueron adquiridos, pero accedieron al pago de las planillas 1 y 2, lo que ocasionó que el Consorcio Agua para Ibarra reciba el pago de 247.436,52 USD, totalizando 547.436,52 USD.
Al declarar Emapa el 17 de diciembre del 2019 la terminación unilateral del mencionado contrato de 2018, el valor real ejecutado fue de 94.339,75 USD ocasionado un perjuicio económico a la entidad de 178.096,77 USD que fueron pagados por concepto de planillas 1 y 2 y que no se devengó en obras.
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