El Viceministro de Educación, Álvaro Sáenz Andrade, recordó que la Ley Orgánica de Educación Intercultural, en el artículo 132, literal k, indica que está prohibido “Ordenar la asistencia del personal docente, administrativo y/o alumnado a actos públicos de proselitismo político de cualquier naturaleza.
Así también, el artículo 44 de la Constitución de la República establece que se responderá al principio de interés superior del niño y que sus derechos prevalecerán por sobre los de las demás personas.
En tal virtud, indicó que ninguna institución educativa fiscal, fiscomisional, municipal o privada, cuenta con la autorización para permitir que sus estudiantes participen en las marchas que hubieran sido convocadas con estos fines.
Solicitó a su vez dar a conocer a todas las instituciones del sistema educativo nacional, sobre este comunicado y estar atentos a este tipo de eventos con el fin de garantizar que la integridad de niños, niñas y adolescentes no sea vulnerada.