La Corte Constitucional sentenció que la prohibición del uso de dispositivos móviles electrónicos a los electores durante el sufragio del próximo 13 de abril, no restringe, ni limita el derecho de participación electoral de los ciudadanos.

Por lo tanto, queda en firme la prohibición dispuesta  del CNE, del uso de celulares cuando el elector raye su papeleta en los comicios generales del próximo 13 de abril.

La Corte determina que esta medida operativa no implica una transgresión a la característica constitucional del voto secreto, ni a la libertad para comunicarla.

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