La Dirección Nacional de Auditoría de Telecomunicaciones, Conectividad y Sectores Productivos de la entidad examinará el proceso de adjudicación de frecuencias, efectuado entre enero de 2019 y agosto de 2021 por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel).
La Contraloría General del Estado (CGE) examinará el “proceso público competitivo para la adjudicación de frecuencias del espectro radioeléctrico, para medios de comunicación privados y comunitarios de los servicios de radiodifusión sonora de señal abierta en frecuencia modulada analógica, de estaciones matrices en áreas de operación independiente de las provincias de Pichincha y Guayas y sus repetidoras a nivel nacional”.
El 1 de septiembre de 2021, el Contralor del Estado (s), Carlos Riofrío González, dispuso que se ejecute la verificación previa a las operaciones efectuadas por la Arcotel, entre 1 de enero de 2019 y el 31 de agosto de 2021, que tienen relación con el proceso público de adjudicación de frecuencias.
Esta verificación arrojó resultados preliminares que deben profundizarse a través de un examen especial, por lo que se recomendó el inicio de la auditoría gubernamental a la adjudicación de 3.096 frecuencias, en la que participaron 1.101 postulantes.
El 11 de octubre se emitió la orden de trabajo para el inicio del proceso de control público a este concurso. La auditoría se efectuará para determinar la legalidad, veracidad y propiedad de la planificación y ejecución del proceso de adjudicación y el grado de cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.
Además, el equipo de control verificará el cumplimiento de los principios de publicidad, igualdad de condiciones y objetividad, en los procedimientos realizados por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, en el marco del concurso.
Antecedente:
La Constitución de la República, en el artículo 261, numeral 10, señala que el Estado central tendrá competencias exclusivas sobre el espectro radioeléctrico y el régimen general de comunicaciones y telecomunicaciones, puertos y aeropuertos.
Además, el artículo 408 de la Constitución establece que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de propiedad inalienable, imprescriptible e inembargable del Estado.
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