Con el respaldo unánime de seis de sus miembros presentes en la sesión, el Consejo de Administración Legislativa (CAL), resolvió no calificar el proyecto de reforma al Código Orgánico Integral Penal, propuesto por el asambleísta Santiago Díaz, que pretendía modificar la edad de consentimiento sexual en la adolescencia.

Lo resuelto acogió los criterios de la Unidad de Técnica Legislativa (UTL) que, en su informe técnico jurídico no vinculante, consideró posibles vicios de inconstitucionalidad en la propuesta, al generar un retroceso en los derechos humanos y la protección integral de niños, niñas y adolescentes.

Mishel Mancheno, proponente de la moción, sostuvo que la modificación al artículo 175 del COIP, sobre la edad de consentimiento sexual, propuesta por un asambleísta que enfrenta una denuncia por violencia sexual a una menor de edad, configura un conflicto de intereses y resta legitimidad y ética a la iniciativa.

“Calificar este proyecto sería equivalente a otorgar un espacio legislativo a una persona investigada por un delito grave, que pretende usar a la Asamblea Nacional para evadir sus responsabilidades”, dijo.

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