El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, SENAE, da a conocer para aquellos que arriban al Ecuador por vía aérea, deben considerar que entre los efectos personales se encuentran, principalmente los siguientes productos con sus respectivas características:
• Un televisor de hasta 32”, nuevo o usado.
• Un dron de hasta USD 500, nuevo o usado.
• Hasta 3 litros de alcohol.
• Implementos para adultos mayores o personas con discapacidad, para pasajeros o sus familiares de cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, en cantidades exclusivas de uso personal.
• Dos accesorios de consolas para videojuegos.
• Una impresora de escritorio de hasta USD 300, nueva o usada.
• Hasta 300ml de perfume.
Los viajeros que llegan por vía terrestre, pueden ingresar con:
• Máximo tres cajetillas de cigarrillos.
• Bienes de uso profesional, herramientas y equipos necesarios para el desempeño de funciones o actividades laborales propias del viajero (cumpliendo sus especificaciones).
• Equipo de acampar. Maletas, bolsos u otros que sirvan para transportar equipaje.
• Unidades de almacenamiento de video, música o datos.
• Utensilios de cocina, no eléctricos, que puedan ser transportados por una persona y tres aparatos de cocina que sean eléctricos y portátiles, e instrumentos portátiles utilizados para jardinería.
• Una unidad usada de cámara fotográfica y/o filmadora; Teléfono celular o satelital; Agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet); Equipo de posicionamiento global portátil (GPS); Computador portátil y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, y similares); calculadora electrónica.

Se recuerda que vía terrestre:
• Se prohíbe el ingreso de televisores e impresoras
• Se permite el ingreso de hasta 3 litros de licor pagando impuestos

Cuando los bienes no se encuentran en la lista de efectos personales, excedan la cantidad, valor, o el pasajero ingrese un monto de 10 mil dólares o más deberá llenar de forma obligatoria el Formulario de Registro Aduanero, FRA.

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