Hace pocos días, el Gobierno Nacional incrementó los impuestos a las bebidas alcohólicas y a los cigarrillos y ahora resuelve que bares, discotecas, cantinas y karaokes atiendan al público hasta las 4 de la madrugada en los fines de semana.

José Serrano, ministro del Interior y Fernando Alvarado, ministro de Turismo, firmaron un Acuerdo Interministerial para la reactivación turística y comercial en el país.

Horarios de funcionamiento

En los centros de tolerancia se podrá vender y consumir bebidas alcohólicas, y de moderado contenido alcohólico. Los vespertinos podrán funcionar de lunes a domingo de 11h00 a 20h00 y los nocturnos de lunes a jueves desde las 12h00 hasta las 02h00; viernes y sábados desde las 12h00 hasta las 03h00; y los días domingo de 12h00 a 20h00.

En bares, discotecas, cantinas, karaokes, salas de recepciones, billares, galleras y otras actividades de diversión para mayores de edad, se podrá vender y consumir bebidas alcohólicas, y de moderado contenido alcohólico, de lunes a jueves desde las 12h00 hasta las 02h00; viernes y sábados desde las 12h00 hasta las 04h00; y los días domingo de 12h00 a 20h00.

En las licorerías está prohibido consumir bebidas alcohólicas dentro de las mismas y en la vía pública adyacente al local. El horario de funcionamiento es de lunes a sábado desde las 06h00 hasta las 03h00 y los días domingo de 08h00 hasta las 24h00. Los depósitos de bebidas alcohólicas y de bebidas de moderado contenido alcohólico, al por mayor, podrán distribuir para fines comerciales todos los días de 06h00 hasta las 24h00.

Cafeterías, restaurantes, comidas ligeras, fruterías, heladerías, panaderías, cafénet, confiterías; cafeterías y restaurantes ubicados en el interior de complejos deportivos, paraderos, entre otros de naturaleza similar, funcionarán de lunes a domingo de 06h00 a 00h00, a excepción de los restaurantes que funcionan desde las 06h00 hasta las 02h00 todos los días. Estos locales pueden vender y permitir el consumo de bebidas alcohólicas y de moderado contenido alcohólico con el acompañamiento de comidas.

El horario de funcionamiento de las fruterías, heladerías, panaderías, cafénet y confiterías, es desde las 06h00 hasta las 22h00 todos los días y no podrán expender bebidas alcohólicas, ni permitir su consumo en el interior de sus locales, salvo por el caso de bebidas de moderado contenido. Las medidas tienen un plazo de seis meses, luego se las evaluará

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