La Asamblea Nacional aprobó las reformas a las leyes del sector público necesarias para la aplicación de la enmienda que unifique el régimen laboral de los servidores públicos, de esta forma se elimina la contratación colectiva y se ponen requisitos para la aplicación del derecho a la huelga.
Según los cambios aprobados, las personas que a la presente fecha hayan prestado ininterrumpidamente por cuatro años o más sus servicios lícitos y personales en la misma institución, ya sea por contrato ocasional o nombramiento provisional o bajo cualquier otra forma permitida por esta ley y que en la actualidad continúen prestando sus servicios en dicha institución, serán declarados ganadores de dicho concurso público de méritos y oposición si obtuvieren al menos el puntaje requerido para aprobar las pruebas establecidas por el Ministerio de Trabajo.
Establece que la negociación y contratación colectiva en el sector público, se aplicará únicamente respecto de quienes con anterioridad a la fecha de la publicación de las enmiendas constitucionales tenían la calidad de trabajadores en el sector público, siempre y cuando no hubieran cambiado con posterioridad su régimen.
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