La Corte Constitucional suspendió temporalmente varios articulos del ejecutivo aprobados por la Asamblea Nacional, estas son las leyes de Solidaridad, Inteligencia e Integridad y admite a trámite las demandas de inconstitucionalidad.

La Corte dispuso la suspensión provisional de la disposición transitoria décimo primera de la Ley Orgánica de Integridad Pública.
En el caso de la Ley de Integridad Pública, la Corte suspendió el plazo de 90 días que daba la norma a la Junta Monetaria para transformar cooperativas en bancos, tras una demanda del gremio. Eso consta en la disposición transitoria número 11.

Respecto a la Ley de Inteligencia, señalada por varias organizaciones por contener mecanismos de “espionaje y censura” son 12 artículos suspendidos. Entre esos, figura todo el capítulo que obligaba a personas naturales y empresas a entregar información al Gobierno sobre comunicaciones telefónicas.
En el caso de la Ley de Solidaridad Nacional, quedan suspendidas las definiciones de conflicto armado interno, grupos armados organizados, bienes que se presumen como objetivos militares y el indulto presidencial diferido.

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