De acuerdo a una información proveniente del Municipio de Ibarra, los predios no verán un incremento en las planillas de los impuestos prediales, salvo que el bien inmueble esté avaluado por encima de 180 mil dólares, aumento que no será excesivo, aunque no se dio a conocer el porcentaje del incremento.

El Pleno del Concejo Municipal de Ibarra, aprobó en segundo debate y por unanimidad cuatro ordenanzas importantes para el desarrollo de la ciudad, correspondientes al catastro, avalúo y al pago del impuesto predial.
Según lo que se establece en el COOTAD cada dos años la Municipalidad tiene que determinar el valor actualizado de las propiedades del cantón, y de acuerdo a este rubro se cobrarán los impuestos prediales.
El Cantón Ibarra tiene una superficie aproximada de 1.157 Km2, de los cuales 55,6 están dentro del territorio urbano y el resto 1.101,4 están en la parte rural, sin embargo en la urbanidad hay 71mil 183 predios y en la ruralidad 31 mil 247.

Las ordenanzas que se debatieron y ratificaron son las siguientes:
1.- Ordenanza que regula la formación, administración y la actualización del avalúo y del catastro predial urbano para el bienio 2020 – 2021.
2. Ordenanza que regula la formación, administración y la actualización del avalúo y del catastro predial rural para el bienio 2020 – 2021.
3. Ordenanza que regula la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos.
4. Ordenanza que regula la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios rurales.

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