Pregunta “D” del referéndum

Fausto Giraldo

El domingo 21 de abril acudiremos a las urnas para elegir entre el Si y el No en 11 preguntas de la consulta popular y referéndum convocada por el presidente Daniel Noboa.

No todo es Si, tampoco todo es NO. No se trata de consignar nuestro voto en función de una corriente a favor o en contra del gobierno, al contrario precisa que hagamos un análisis profundo de las preguntas, sobre todo dos de ellas que tienen mayor importancia o trascendencia para el país.

Hoy brevemente esgrimo algunos argumentos sobre la pregunta “D”, que dice: ¿Esta usted de acuerdo que el Estado ecuatoriano reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales?

Primero: El arbitraje es un procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal que dicta una decisión sobre la controversia que es obligatoria para las partes.

Segundo: existen varias entidades dedicadas al arbitraje internacional: Asociación Americana de Arbitraje (AAA), Centro Internacional para la Resolución de Disputas (CIRD o ICDR en inglés), Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional (CNUDMI o UNCITRAL en inglés), Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial (CIAC o IACAC en inglés), Corte Permanente de Arbitraje, entre otras.

Tercero: ¿Quién paga al arbitro internacional? Pues, depende de que dictamine el reglamento de la institución a la que se acude como árbitro, a varias alternativas: a) En el contrato entre un Estado y la empresa en controversia se determina quien paga el arbitraje, b) El organismo dispone quien paga el arbitraje, podría ser quien pierda la causa. C) Pagan en partes iguales los dos involucrados.

Cuarto: El gobierno aduce que por ausencia del arbitraje internacional en controversias el Ecuador pierde la oportunidad de contar con mayor inversión extranjera. Sin embargo, seria importante que expongan cual es el monto de inversión antes con arbitraje y después sin él, y que su presencia o ausencia haya sido la causa para la mayor o menor inversión. No podría identificarse esta causa en la década de gobierno de Rafael Correa porque entró en juego otros elementos de carácter político, principalmente.

Quinto: Hasta el 2018 el Ecuador se sometió a 31 procesos de arbitraje internacional, en los últimos 13 años han generado un saldo negativo. Según información de la Procuraduría General del Estado (PGE) el Ecuador ha pagado Dos mil trescientos trece punto un millones por laudos emitidos de forma contraria al país. En cambio ha recibido a su favor apenas 47,5 millones de dólares.

Sexto: De la experiencia, los arbitrajes internacionales no dan buenos resultados para el Ecuador, los beneficiarios en su mayor parte son las empresas. Entre los casos que representan perdidas están por ejemplo OXY, Ecuador TLC, entre otros.

El artículo 422 de la Constitución, establece que: “No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas”.

Votar Si en la pregunta “D” tendrá como consecuencia la reforma al articulo antes mencionado de la constitución, por tanto implicará ceder soberanía jurídica a instancias extranjeras y a su vez como se ha mencionado será poco probable que las decisiones de los árbitros sean a favor del Ecuador, siempre existirá mas bien una balanza inclinada en beneficio de la gran empresa.

Adicionalmente, así como hay empresarios honestos también hay empresarios corruptos y siempre es probable que estos “compren por debajo” una sentencia favorable a sus intereses, a parte que existe la tendencia que estos organismos estén integrados por individuos relacionados a la gran empresa internacional, aunque no plenamente identificados.

Mi decisión personal en la pregunta “D” es no aceptar el arbitraje internacional ya que solo cabe suscribir los contratos de forma clara y transparente y de esta manera superar los impases que pudiesen existir dentro de nuestro país.

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