De conformidad con la disposición cuarta de la LOSEP, que señala: “Serán días de descanso obligatorio las fechas de recordación cívica de independencia o creación para cada una de las provincias y la creación de cada uno de los cantones”; sin embargo la fecha de descaso obligatorio será el lunes 24 de junio y no el martes 25, fecha de recordación de creación de la provincia de Imbabura.
La Ley Orgánica reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público determina que cuando los días de descanso obligatorio corresponden al día martes, el descanso se trasladará al día lunes inmediato anterior, por lo tanto, el feriado de aniversario de provincialización se trasladará al lunes 24 de junio.
Esta disposición es obligatoria para el sector público, en el sector privado queda bajo su criterio acatarlo como día de Fiesta Cívica.

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