El presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo Caicedo, convocó a los legisladores, este miércoles 13 de mayo de 2020, a la sesión 669, con el propósito de tratar el informe para segundo debate del Proyecto de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para combatir la crisis sanitaria del Covid-19, enviado por el Ejecutivo como urgente en materia económica.
Cambios a la normativa
En este nuevo documento la contribución humanitaria temporal sobre ingresos de personas naturales partirá desde los 2500 dólares. Otra modificación fue que la contribución humanitaria única del 5 % sobre las utilidades de las sociedades arrancará desde los 2 millones 500 mil dólares; en la propuesta del Ejecutivo se propuso que se inicie a partir del millón de dólares.
En el Pleno se discutirá, además, respecto a la contribución solidaria del 2 % sobre bienes inmuebles en el Ecuador de propiedad de sociedades domiciliadas en paraísos fiscales.
En lo que se refiere a las Medidas Solidarias para el Bienestar Social y la Reactivación Productiva, en el tema de pensiones educativas se estableció que el Ministerio de Educación, en un plazo de 15 días a partir de la emisión de la presente Ley, realice un estudio que defina el porcentaje de becas y ayudas económicas que se otorgará durante la emergencia sanitaria a los centros educativos.
En cuanto a la rebaja de energía eléctrica, en este proyecto se especifica que el recorte del 10 % en la tarifa de energía eléctrica, durante marzo, abril, mayo y junio de 2020 se aplicará para los quintiles 1 y 2.
Sobre la entrega de créditos productivos para la reactivación económica se estableció que las entidades del sistema financiero nacional que, a partir de abril de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, otorgaren créditos a MIPYMES, del tipo comercial ordinario, productivo o microcrédito, superiores a 25.000 dólares, a un plazo mínimo de cuarenta y ocho meses, podrán deducirse del impuesto a la renta el 50 % del valor de los intereses recibidos por pago de estos préstamos.
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