El presidente de la República, Lenin Moreno, firmó el decreto 1053 sobre la reducción de 8 a 6 horas laborables diarias para el sector público del ejecutivo.
El Art. 1 en el art. 25 al reglamento general a la Ley Orgánica del Sector público a continuación de la letra b se incorpora lo siguiente:
1) Por excepción y con la aprobación de la máxima autoridad, por un período no mayor a seis meses renovable por seis meses más y por una sola ocasión, las jornadas laboral de trabajo podrá ser disminuida hasta un tiempo no menor a 30 horas semanales
2) Si se terminare la relación de prestación de servicios, las indemnizaciones y bonificaciones se calcularán hasta la última remuneración recibida antes del ajuste de la jornada.
3) De igual manera, mientras dura la reducción, las aportaciones a la seguridad social que corresponden al empleador y al servidor público serán pagadas sobre 8 horas diarias de labores.

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