Mediante Resolución N:77 la Agencia Nacional de Tránsito expide la Actualización de las tarifas para el servicio de Transporte Terrestre de pasajeros a nivel nacional en el marco del decreto ejecutivo N.883
Se fija un techo máximo de incremento de un 32% en las tarifas vigentes del transporte interprovincial e intraprovincial
La resolución en mención, dispone a los GADS municipales establecer un valor de 0,10 centavos adicionales a la tarifa vigente de transporte público intracantonal, valor que no debe superar los 40 centavos.
En la tarifa de taxis, los Gads realizarán las actualizaciones pertinentes en el método de cálculo de asignación de tarifas considerando la variable combustible, conforme los costos autorizados.
El Gobierno Nacional asume de manera subsidiaria y temporal, mientras dure el estado de excepción, la competencia exclusiva de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos, para fijar las tarifas del servicio de transporte público urbano; de acuerdo al artículo 157 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD.
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